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| V. OBRAS POR ADMINISTRACION DIRECTA |
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| No aplica en este ente público ya que es una función regulada por la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental del Gobierno del Estado que es la encargada de llevar a cabo esta función. |
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| VI RESULTADOS DE AUDITORIA |
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| a. La Auditoria Superior del Estado |
| No aplica, de acuerdo con los "Lineamientos de apoyo para que los Entes Públicos a que se refiere la Fracción IV del artículo 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, den cumplimiento a la obligación de publicar la información a que se refiere el artículo 5 del mismo ordenamiento jurídico", la información relativa a esta fracción sólo aplica a la Auditoría Superior del Estado. |
| b. La Secretaría de la Contraloría |
| No aplica, de acuerdo con los "Lineamientos de apoyo para que los Entes Públicos a que se refiere la Fracción IV del artículo 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, den cumplimiento a la obligación de publicar la información a que se refiere el artículo 5 del mismo ordenamiento jurídico", la información relativa a esta fracción sólo aplica a la Secretaría de la Contraloría. |
| c. Las Contralorías Municipales |
| No aplica, porque el Centro Estatal de Emergencias, es un órgano del Poder Ejecutivo Estatal y no Municipal |
| d. Los órganos internos de control del poder legislativo y judicial y organismos públicos autónomos |
| No aplica, porque este inciso se refiere a los Poderes Legislativo y Judicial, así como Órganos Autónomos. |
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| IX LOS DICTAMENES SOBRE INICIATIVAS QUE SE PRESENTEN EN EL H. CONGRESO DEL ESTADO |
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| a. Iniciativas de Ley presentadas ante el Congreso |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
| b. Dictámenes realizados por las Comisiones del Congreso sobre las iniciativas |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
| c. Actas de las Sesiones del Pleno |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
| d. Puntos de acuerdo tomados por el Pleno |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
| e. Decretos Aprobados |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
| f. Leyes aprobadas |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
| g. Transcripciones Magnetofónicas de las Sesiones |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
| h. Diario de los Debates |
| No Aplica, no se encuentra dentro de las atribuciones del Centro Estatal de Emergencias, porque es competencia del Legislativo del Estado el presentar las iniciativas de Ley, Decretos y Acuerdos en beneficio de la colectividad. |
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| Última
actualización : 07 de Septiembre de 2011 |
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desde : 01 de Enero de 2010 |
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